Desarrollado para el año 2012 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen simplificado del IVA

Con entrada en vigor el 30 de noviembre de 2011 y con efectos para el año 2012, la Orden EHA/3257/2011, de 21 de noviembre, desarrolla para el año 2012 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, manteniendo la estructura, módulos, índices de rendimiento neto e instrucciones de la vigente para el año 2011 (Orden EHA/3063/2010, de 25 de noviembre).
Además:
• Conserva en relación con el IRPF la reducción general del 5 por 100 del rendimiento neto de módulos para todos los contribuyentes (tanto para actividades agrícolas, ganaderas y forestales como para el resto de actividades) que determinen el mismo por el método de estimación objetiva en 2012, señalándose, asimismo, que esta reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos de los pagos fraccionados.
• Reduce para el año 2012 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las siguientes actividades agrícolas: uva de mesa, flores y plantas ornamentales y tabaco.
• Reduce el porcentaje aplicable en 2012 para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del IVA para determinadas actividades ganaderas afectadas por crisis sectoriales, en concreto para las actividades de apicultura y de servicios de cría, guarda y engorde de aves.
Por último y en cuanto a esta norma se refiere, comentar que se abre el plazo de renuncias y revocaciones, desde el 30 de noviembre y durante todo el mes de diciembre de 2011, tanto para el régimen de estimación objetiva en IRPF como del régimen simplificado en IVA.

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